La Audiencia de Málaga ratifica la condena de seis meses de cárcel contra Julián Muñoz
La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Málaga ha desestimado el recurso presentado por el ex alcalde de Marbella, Julián Muñoz, contra la sentencia del Juzgado de lo Penal número cinco de Málaga, que le condenó por prevaricación urbanística. Muñoz, junto con otros seis ex ediles que formaban parte de la comisión de gobierno que aprobó en 1988 una licencia para construir en la zona conocida como «Banana Beach», fue condenado a seis meses de cárcel y ocho de inhabilitación para ocupar cargo público.
El Juzgado condenó en marzo de 2005 a los ex miembros del Grupo Independiente Liberal, Rafael González, Mario Jiménez, Manuel Calle, Juan Antonio Yagüe, María Luisa Alcalá y Dolores Zurdo por prevaricación urbanística. Los ediles formaban parte de la Comisión de Gobierno que aprobó una licencia a la entidad Turismo y Recreo Andaluz para construir 238 viviendas, aparcamientos y locales en Banana Beach.
El letrado de Muñoz, José María del Nido, calificó la sentencia de dura y contraria a la postura que mantenía la defensa. El letrado sevillano manifestó que «la sentencia es definitiva en la vía ordinaria», y anunció que presentará un recurso extraordinario de amparo ante el Tribunal Constitucional.
Tras hacerse pública la sentencia, los portavoces del grupo andalucista, popular y del PSOE, Carlos Fernández, Angeles Muñoz y Silvestre Puertas, pidieron la dimisión de los dos concejales condenados por la Audiencia de Málaga por un delito consumado contra la ordenación del territorio en su modalidad de prevaricación funcional urbanística. El portavoz andalucista, Carlos Fernández, se congratuló de que la Justicia haya actuado. Según el edil, la paradoja de la sentencia es que, por un lado, refleja tristeza en la cara de los ediles condenados y, por otro, euforia en la primera teniente alcalde, Isabel García Marcos, que fue denunciante y cuyo plan diabólico se está consumando con la inhabilitación a concejales de Yagüe, al tiempo que estrecha el cerco de posible prisión al hermano de la alcaldesa de Marbella.
La Audiencia confirma la pena de 6 meses de cárcel para Muñoz
El tribunal ratifica que el ex regidor y seis ediles utilizaron la confusión urbanística que existía en 1998 para expedir una licencia en una parcela no urbanizable
La Audiencia de Málaga ha confirmado que en la Marbella del Grupo Independiente y Liberal (GIL) el urbanismo se hacía a la carta, porque las licencias de obra no se ajustaban al planeamiento, sino el planeamiento a los proyectos inmobiliarios.
La Sección Segunda de la Audiencia ratificó ayer la condena de seis meses de prisión por delito urbanístico para el alcalde de Marbella, Julián Muñoz, y los miembros del equipo de gobierno que en 1998 otorgaron el permiso a la promotora Turasa, filial de Ávila Rojas, para levantar casi 300 apartamentos en Banana Beach, en una parcela no urbanizable.
El tribunal con un voto particular del presidente también impone a los siete condenados ocho años de inhabilitación para el ejercicio de cargo público en corporaciones locales. Ésta es la única restricción que la Audiencia prevé respecto a la pena dictada el pasado mes de marzo por el Juzgado de lo Penal número 5, que ampliaba la inhabilitación a cualquier empleo y cargo público.
Se trata de la primera sentencia firme contra Muñoz y el equipo que gobernó entre 1995 y 1999 por delito urbanístico y, por tanto, tiene el carácter de precedente jurídico. Es decir, se convierte en un referente para la veintena de procedimientos por hechos similares que se tramitan contra Muñoz y otros cargos públicos de Marbella.
La sentencia de la Audiencia reconoce que en aquellos años en Marbella no existía un planeamiento urbanístico concreto. El Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) de 1986 no se había publicado y, por tanto, no era de aplicación y el GIL expedía licencias con arreglo al malogrado plan de 1998, que entonces estaba en fase de avance y que no prosperó. El tribunal precisa que existía "confusión" en la ordenación del territorio, pero ésta era una situación "creada" y "propiciada" por el Ayuntamiento, en la que se amparaban "para conceder una licencia al margen de la normativa".
Es más, matiza que la parcela de Banana Beach no era urbanizable ni en el plan de 1968 ni en el de 1986. Sólo aparecía así en el avance de 1998, por lo que "la voluntad de aplicar este último [plan] no tenía otra finalidad que otorgar dicha licencia contraviniendo cualquier norma urbanística vigente y de obligado cumplimiento".
El fallo del tribunal agrega que "en todo momento se ha tratado de adaptar el ordenamiento jurídico a la petición de licencias y no éstas a la legalidad". También resalta que la legalidad urbanística no viene dada sólo por el planeamiento, sino también por las leyes autonómicas y estatales. Para el tribunal, "no es lógico ni admisible" que si los concejales del equipo de gobierno tenían tantas dudas como alegaban en su defensa sobre el ordenamiento urbanístico vigente concedieran licencias.
El presidente de la Sección Segunda de la Audiencia, José María Muñoz Caparrós, emitió un voto particular. Al no existir un plan de ordenación urbana aplicable, sostiene el magistrado, no puede existir infracción y, por tanto, no se da el delito urbanístico. Sí entiende, en cambio, que los acusados conocían la confusión existente en la ordenación del territorio y que forzaron las cosas conscientemente para aplicar el PGOU de 1998 que estaba en revisión. Esta conducta sí cree que es "injusta y arbitraria", pero que no da lugar a delito urbanístico sino a prevaricación, cuya penalidad no incluye prisión, sino inhabilitación.
La defensa de Muñoz anunció tras conocer el fallo que acudirá en amparo al Tribunal Constitucional por vulneración de derechos fundamentales.